Supermercados: quiénes dejarán de pagar el IVA desde julio tras el cambio que implementó el Gobierno

A partir del 1° de julio, miles de compras en supermercados y comercios de alimentos quedarán exentas de la percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Así lo anunció la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que dispuso una modificación clave en el régimen fiscal para operaciones de consumo final.

La medida alcanza a todas las transacciones por montos inferiores a $10 millones realizadas por consumidores finales, sin importar el volumen de productos adquiridos. Desde entonces, ya no se aplicará el recargo del IVA en esas operaciones, lo que impactará de forma directa en el precio final abonado por los clientes.

A quiénes beneficia la medida

La resolución incluye a los supermercados mayoristas, hipermercados, supermercados minoristas, minimercados, autoservicios y pequeños comercios que vendan alimentos, carnes, frutas o verduras. Con este cambio, los consumidores finales quedarán automáticamente exceptuados del pago del IVA en compras menores al tope establecido, sin necesidad de declarar su condición.

Esto representa un alivio fiscal significativo para miles de hogares, pequeños comerciantes y actores de la economía informal que suelen operar en efectivo. Según ARCA, la iniciativa apunta a facilitar el consumo con fondos no bancarizados, también conocidos como “dólares del colchón”.

Cómo era antes y qué cambia

Hasta ahora, el recargo por percepción del IVA se aplicaba en función de la presunción del perfil del comprador, lo que generaba tensiones en los puntos de venta. Las alícuotas llegaban al 10,5% o 5,25%, según el tipo de producto, y se calculaban sobre el total de la factura, incluyendo el propio impuesto.

Este sistema derivaba en prácticas como el fraccionamiento artificial de tickets para evitar superar el umbral impositivo. Con el nuevo régimen, ese conflicto desaparece: el único criterio que se tomará en cuenta será el monto total de la compra.

Además, los comercios ya no deberán analizar cada operación para determinar si corresponde o no aplicar el IVA. La exclusión será automática para montos inferiores a $10 millones, lo que simplifica la operatoria diaria y reduce la burocracia en las cajas.

Qué pasa con las empresas

En el caso de las empresas formales, la percepción del IVA continuará aplicándose si no declaran su condición tributaria. De todos modos, como el impuesto se computa como crédito fiscal, no representa un costo neto para estos contribuyentes.

Sin embargo, para pequeños comercios y trabajadores informales, la eliminación del recargo se traduce en una mejora real en su poder adquisitivo y su competitividad en el mercado.

Más control, menos conflictos

El nuevo régimen también se alinea con la reciente actualización de los montos que obligan a identificar al comprador en las facturas: solo se exigirá esa identificación en compras superiores a los $10 millones.

Según ARCA, la medida busca fomentar la transparencia, reducir tensiones en los puntos de venta y mejorar la eficiencia en la recaudación. La entidad destacó que se trata de un paso importante hacia una relación más clara y justa entre compradores, vendedores y el fisco.

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