ANSES actualizó los límites del SUAF: quiénes dejan de cobrar las asignaciones familiares desde julio
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) puso en marcha desde julio una actualización de los topes de ingresos para acceder al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF). La medida modifica tanto los montos que reciben los beneficiarios como las condiciones para conservar el beneficio, ya que quienes superen los nuevos límites establecidos dejarán de percibir las asignaciones de manera automática.

Cuáles son los nuevos límites de ingresos para cobrar el SUAF
La actualización aplicada por ANSES fue del 2,15%, en línea con la variación informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
A partir de este mes, el ingreso individual máximo permitido para acceder a las asignaciones familiares pasó a ser de $3.034.844 mensuales, mientras que el ingreso total del grupo familiar no puede superar los $6.069.688.
Si alguno de esos topes es excedido, el sistema suspende automáticamente el pago del beneficio, sin necesidad de una notificación previa.
Esto significa que incluso familias que superen el límite por una diferencia mínima pueden quedar excluidas del cobro correspondiente a julio.
Cómo verificar si la asignación fue suspendida
Los titulares pueden comprobar el estado de su prestación ingresando a Mi ANSES con su número de CUIL y la Clave de la Seguridad Social.
Desde la plataforma es posible verificar si la asignación continúa activa o si fue suspendida por alguna inconsistencia o por haber superado los ingresos permitidos.
También resulta recomendable revisar que todos los datos personales y del grupo familiar estén actualizados, ya que errores en la información registrada pueden afectar la liquidación de las prestaciones.
Por qué ANSES puede dar de baja el beneficio
Además de superar los nuevos topes de ingresos, existen otros motivos que pueden provocar la suspensión del SUAF.
Uno de los más frecuentes son las inconsistencias detectadas en los cruces de información que realiza ANSES con otros organismos. Diferencias entre los ingresos declarados, datos familiares desactualizados o errores administrativos pueden derivar en la interrupción del pago.
Para estos controles, el organismo considera siempre los ingresos brutos, es decir, los salarios antes de aplicar descuentos por aportes jubilatorios, obra social o impuestos.
Qué hacer si la suspensión fue por un error
Quienes consideren que la baja del beneficio no refleja su situación real pueden iniciar un reclamo ante ANSES.
El organismo analiza cada caso de forma individual y permite presentar la documentación necesaria para acreditar que los ingresos informados son incorrectos o que existen errores en los datos registrados.
Si la revisión confirma que hubo una inconsistencia administrativa, la prestación puede ser restablecida una vez regularizada la información.
La excepción que mantiene el derecho a cobrar
La normativa vigente contempla una excepción para determinadas familias.
Los grupos familiares que tengan hijos con un Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente no están alcanzados por los límites de ingresos para percibir la Asignación por Hijo con Discapacidad ni la Ayuda Escolar Anual correspondiente.
En esos casos, los topes económicos no se aplican para acceder a esas prestaciones específicas.
Los nuevos montos de las asignaciones familiares
Además de actualizar los límites de ingresos, ANSES modificó los valores de las principales prestaciones del SUAF que comenzaron a regir en julio:
- Asignación por Hijo: $74.033
- Asignación por Hijo con Discapacidad: $241.041
- Asignación Prenatal: $74.033
- Asignación por Nacimiento: $86.295
- Asignación por Adopción: $515.930
- Asignación por Matrimonio: $129.209
- Asignación por Cónyuge: $17.964
Durante las próximas semanas será importante que los beneficiarios revisen el estado de su prestación y verifiquen que la información registrada en ANSES esté actualizada para evitar suspensiones por inconsistencias. Quienes hayan dejado de cobrar y consideren que se trata de un error podrán solicitar la revisión correspondiente.
