Tras el aumento del 15,1% por inflación, así quedan las nuevas escalas del Monotributo y el Impuesto a las Ganancias
Desde julio, rige una actualización clave para trabajadores en relación de dependencia, monotributistas y autónomos: el ajuste semestral del 15,1% modifica los topes, escalas y deducciones del régimen impositivo, tal como lo prevé la Ley de Medidas Fiscales 2024.
Actualización automática por inflación
A tono con la inflación acumulada entre enero y junio, el nuevo esquema contempla una suba del 15,1% en todos los montos vinculados al Monotributo y al Impuesto a las Ganancias. Esta actualización no es casual: está prevista por ley y tiene el objetivo de evitar que los contribuyentes terminen tributando más solo por efecto de la inflación.
La medida impacta directamente en los mínimos no imponibles, las deducciones personales y las escalas que determinan cuánto se paga, ya sea como empleado, autónomo o pequeño contribuyente.
¿Quiénes quedan exentos de Ganancias?
A partir de julio, un trabajador en relación de dependencia, soltero y sin hijos, queda exento del tributo si su sueldo bruto mensual no supera los $2.624.000, lo que se traduce en un ingreso neto aproximado de $2.178.000.
Para quienes tienen hijos, los números se elevan:
- Con dos hijos: exento hasta $3.054.000 brutos (neto de $2.535.000).
- Si además está casado/a: hasta $3.464.000 brutos (alrededor de $2.890.000 netos).
Las escalas de Ganancias comienzan a aplicarse por encima de estos montos, con alícuotas que van del 5% al 35%, dependiendo del tramo salarial. A su vez, los empleadores deben recalcular los descuentos desde el sueldo de junio si la liquidación se realiza en julio, y aplicar ajustes retroactivos cuando corresponda.
Qué cambia en el Monotributo
También hay modificaciones importantes para quienes están dentro del régimen simplificado. A partir de agosto, los topes de facturación anual y el valor de las cuotas mensuales suben un 15,1%. Por ejemplo:
- Categoría A: pasa de $7.813.063 a $8.992.835 de facturación anual.
- Categoría más alta: sube de $82.370.281 a $94.808.193.
Las cuotas mensuales también aumentan:
- Categoría A: $37.086
- Categoría B: $42.217
Los valores para las demás escalas se ajustan proporcionalmente.
La recategorización es obligatoria y se puede hacer hasta el 5 de agosto. Solo están exceptuados quienes llevan menos de seis meses en el régimen o no registraron cambios en los parámetros (ingresos, superficie, consumo eléctrico o alquileres).
Si un contribuyente no se recategoriza o lo hace con datos erróneos, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —nuevo organismo que reemplaza a la AFIP— puede encuadrarlo de oficio según los movimientos detectados en sus cuentas o gastos.
Las deducciones que siguen vigentes
El ajuste también se refleja en los montos deducibles dentro del Impuesto a las Ganancias. Algunas deducciones destacadas que continúan vigentes:
- Hijos menores o con discapacidad: deducción total o compartida entre ambos padres.
- Cónyuge sin ingresos: hasta un ingreso anual de $4,5 millones.
- Alquiler de vivienda: hasta el 40% del monto pagado o 10% sin tope, según el caso.
- Servicio doméstico: sueldo y cargas sociales, siempre que estén debidamente registrados.
- Medicina prepaga y honorarios médicos: hasta el 40% del gasto no reintegrado.
- Donaciones: hasta el 5% de la ganancia neta, si son a instituciones autorizadas.
- Gastos de educación: útiles, cuotas y herramientas para hijos menores de 24 años sin ingresos.
- Seguros de vida y retiro: dentro de los parámetros del sistema.
- Préstamos hipotecarios: aunque el tope de $20.000 anuales quedó desactualizado.
- Indumentaria laboral: si se acredita con comprobantes.
Estas deducciones deben declararse en el Formulario F572Web, disponible en el sistema Siradig Trabajador, en la web de ARCA.
Un esquema que busca ser más justo
Este sistema de ajuste semestral apunta a que los trabajadores no se vean perjudicados por aumentos nominales que no representan una mejora real en su poder adquisitivo. Con esta actualización, se intenta mantener el equilibrio tributario y evitar que la inflación empuje a más contribuyentes a tributar sin que hayan mejorado sus ingresos reales.
¿Tenés dudas sobre cómo te impactan estas actualizaciones? Es importante revisar tu situación tributaria y, en el caso del Monotributo, verificar si corresponde recategorizarse. Estar al día con las obligaciones fiscales evita multas y recargos innecesarios.
