Reversión del Impuesto a las Ganancias: ¿Qué pasará en enero?
En diciembre de 2023, el Gobierno nacional anunció que enviaría un proyecto de ley para revertir la modificación del Impuesto a las Ganancias que se aprobó en septiembre de ese año. Sin embargo, aún no se ha presentado el proyecto y, por lo tanto, la normativa vigente hasta el 31 de diciembre es la que establece que sólo pagan Ganancias aquellos que perciben salarios brutos de más de $2.340.000.
La reversión de la norma, cuya modificación había contado con el voto afirmativo del propio presidente Javier Milei cuando era diputado, va en línea con la premisa del Gobierno de llegar al equilibrio fiscal en 2024. Eliminar las modificaciones aportaría al Tesoro Nacional 0,4% del PBI, según los cálculos que publicó el Palacio de Hacienda.
Sin embargo, algunos gobernadores aclararon que no piden la vuelta del impuesto y que “no sería el camino adecuado ya que afecta el derecho de los trabajadores”. En este sentido, los mandatarios provinciales, dada la caída en la masa coparticipable, presentaron un proyecto de ley que propone la coparticipación del 70% de lo recaudado por las transacciones realizadas a través del impuesto al cheque como “mecanismo de compensación”.
Esta iniciativa no es considerada una posibilidad para el presidente, quien aseguró en declaraciones a Radio Rivadavia: “Está claro que no vamos a coparticipar el impuesto al cheque. Está claro que las provincias hoy tienen un déficit de 1 punto del PBI. No vamos a modificar nuestra política de déficit cero, es inamovible. [Volver a introducir Ganancias] es la solución que permite que las provincias puedan encauzar sus cuentas”.
¿Qué pasa con los sueldos de diciembre?
Dado que el decreto de Massa que fijó el mínimo no imponible en $2.340.000 vence el 31 de diciembre, los empleadores que abonen los sueldos de diciembre en enero podrían optar por adelantar el pago del salario para este mes debido a la falta de certidumbre acerca de cuando el Ejecutivo enviará el nuevo proyecto y qué decidirá el Congreso.
En este sentido, Sebastián Dominguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, dijo: “Muchas empresas pagan a mes vencido pero este año resulta conveniente que adelanten el pago de diciembre. Entonces hay mucha gente que va a cobrar en diciembre el sueldo de diciembre cuando antes era normal que lo cobre el mes siguiente, y no se van a generar problemas porque en enero no está reglamentado el nuevo régimen”.
“Hay otros que van a cobrar en enero y ahí van a faltar reglamentaciones para aplicar el impuesto. En esos casos, se va aplicar lo que estime el empleador que corresponde y este decidirá si retener o no retener el impuesto”, agregó.
