El Gobierno porteño lanzó la moratoria impositiva 2025: hasta 48 cuotas y descuentos de hasta el 100% en intereses
El plan de regularización estará disponible entre el 3 de noviembre y el 3 de enero de 2026. Permite saldar deudas de Ingresos Brutos, ABL, Inmobiliario y Patentes con importantes beneficios según la fecha de adhesión.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires oficializó este viernes la reglamentación del Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, establecido por la Ley 6842. La medida fue publicada mediante la resolución 461 de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) en el Boletín Oficial porteño.
🗓️ Vigencia del plan
La moratoria entrará en vigencia el 3 de noviembre de 2025 y se extenderá hasta el 3 de enero de 2026. Durante ese período, los contribuyentes podrán regularizar deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2025 correspondientes a Ingresos Brutos, ABL, impuesto inmobiliario y Patentes.
También podrán adherir quienes tengan deudas en instancia judicial, con la posibilidad de extinguir la acción penal si se cancela la totalidad del monto adeudado.
💰 Beneficios y opciones de pago
El nuevo régimen de AGIP ofrece distintas modalidades de pago y condonaciones de intereses, dependiendo del momento de adhesión y del tipo de contribuyente:
- Pago al contado:
- Descuento del 100% en intereses si se cancela dentro de los primeros 30 días.
- Reducción al 70%, 50% o 40% en los tramos siguientes.
- Pago en cuotas (hasta 48):
- Beneficio del 70% en intereses durante el primer mes.
- Luego disminuye progresivamente hasta el 30% sobre los intereses.
La tasa de financiación será del 2% mensual para contribuyentes comunes y del 3% mensual para grandes contribuyentes. El monto mínimo por cuota será de $5000.
En el caso de los grandes contribuyentes, los descuentos serán del 70% al contado y del 60% en cuotas durante los primeros 30 días. Hacia el final del plazo, los beneficios se reducen a entre el 30% y el 10%.
🖥️ Cómo adherir a la moratoria de AGIP
La adhesión deberá realizarse de manera online a través del sitio oficial de la AGIP, utilizando la Clave miBA Nivel 3.
El contribuyente deberá informar:
- Las deudas a regularizar,
- La modalidad de pago elegida,
- Y los datos bancarios para el débito automático (en caso de optar por cuotas).
El pago al contado deberá efectuarse hasta el día 10 de cada mes.
En caso de elegir el plan en cuotas, la primera cuota vencerá el 10 del mes siguiente al de la adhesión, o el día hábil posterior si coincide con un feriado o día no laborable.
