Puestos de diarios suman un nuevo rol: ahora podrán trabajar como correos en todo el país

El Gobierno nacional oficializó una medida que cambia el rol de los tradicionales puestos de diarios y revistas en la vía pública. A través del decreto 629, publicado en el Boletín Oficial, se habilitó a estos comercios a prestar servicios postales además de su actividad habitual. La norma entrará en vigencia el viernes 5 de septiembre de 2025.

Fin de un régimen considerado “obsoleto”

La nueva disposición disolvió el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas, creado por el decreto 1025/00, con el objetivo de fomentar un “mercado abierto” y promover la libre competencia.

Según fundamentó el Gobierno, el sistema anterior resultaba “innecesario, obsoleto y generaba limitaciones que afectaban a los actores de la actividad”.

Qué servicios postales podrán ofrecer los puestos de diarios

Con la desregulación impulsada por la gestión de Javier Milei, los kioscos de diarios podrán registrarse como operadores postales ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) o bien asociarse mediante convenios con empresas ya habilitadas.

Desde el 5 de septiembre estarán autorizados a realizar las siguientes entregas:

  • Correspondencia general.
  • Papelería y paquetería.
  • Servicio de guarda y depósito.
  • Productos adquiridos mediante comercio electrónico.
  • Tarjetas de crédito y débito.
  • Documentos oficiales como DNI y pasaportes.

Antecedentes de la desregulación postal

En 2024, el Gobierno ya había avanzado en la desregulación del sector de correos para facilitar a los usuarios el envío de telegramas, cartas documento y encomiendas. Desde entonces, los operadores postales tienen libertad para definir personal, modalidades de trabajo, tipos de servicio, infraestructura y medios de transporte.

Con esta nueva medida, los puestos de diarios suman la posibilidad de diversificar su actividad, incorporando un servicio clave para la distribución y logística en todo el país.

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